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Para que en Colombia una persona acceda a una pensión por invalidéz su capacidad laboral debe verse reducida en un 50% o más por patologías de tipo común o de tipo laboral cualquiera sea el caso en cuestión. Ese porcentaje, se determina haciendo una calificación de pérdida de capacidad laboral y la calificación la hace en primera oportunidad la EPS a la cuál está afiliado, el Fondo de pensiones al cuál esté afiliado o la Administradora de Riesgos Laborales ARL a la cuál esté afiliado de acuerdo a si se trata de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Por sí solo ese diagnóstico NO le da para alcanzar 50% o más de invalidez así que creo que NO le daría el porcentaje necesario para acceder a la pensión.