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Si, en el síndrome de Colón irritable el dolor abdominal característico es recurrente como el que mencionas, debe ocurrir por lo menos 1 vez a la semana, durante mínimo 3 meses, asociado a 2 de las 3 cosas que mencionaré más adelante para que cumpla los criterios diagnósticos de Roma IV.
El síndrome de Colón irritable es un diagnóstico de exclusión, es decir se deben buscar otras enfermedades antes de pensar o definir que es éste síndrome.
Espero haberte orientado, quedo atenta a tus proximas dudas. Gracias por confiar en nosotros.