Si no estás de acuerdo con la calificación de la pérdida de la capacidad laboral que realizó inicialmente el fondo de pensiones, la conducta a seguir es que manifiestes la inconformidad con tal calificación al fondo de pensiones dentro de los siguientes 10 días de recibida la notificación, para que dicha entidad remita para nueva calificación a la junta regional de invalidez, si nuevamente con dicha calificación no estas conforme puedes apelar para que se califique nuevamente por parte de la Junta Nacional de Calificacion de Invalidez, quien tomará la decisión final acerca de tu limitacion para la actividad laboral dada por las condiciones de salud que presentes.
Si finalmente la decisión es que no tienes 50 o más de pérdida de la capacidad laboral debes reintegrarte a tus labores con las recomendaciones o restriccciones dadas por el equipo conjunto de tus médicos tratantes y medicina laboral.
Quedamos atentos cualquier otra duda.