Eso ya depende de la legislación de cada país. En Colombia -por ejemplo- está permitido el aborto en caso de violación, en caso de que peligre la vida de la madre o en caso de que haya enfermedad fetal incompatible con la vida. Para el Síndrome de Down no aplica ninguna de estas causales ya que no afecta la vida de la madre en el embarazo y no es enfermedad mortal.
La sugerencia es acudir a su médico tratante para verificar con la legislación del país y poder tomar una decisión.