Según la OMS (Organización Mundial de la Salud), el aborto se define como la interrupción del embarazo antes de las 22 semanas de gestación (aproximadamente 5 meses) o antes de que el feto alcance 500 gramos de peso, y este puede ser espontaneo o inducido. Este último puede ser realizado mediante el empleo de medicamentos o intervención quirúrgica y es ilegal en Bolivia, salvo ciertas condiciones aprobadas en diciembre de 2017 por el senado Boliviano; este nuevo artículo (157 del nuevo sistema penal) expresa que:
- Las personas gestantes podrán abortar durante las primeras ocho semanas si tienen a su cargo personas adultas mayores, con discapacidad u otros menores, o sean estudiantes.
- Según la nueva legislación, tampoco será penalizado un aborto cuando sea para prevenir riesgos presentes o futuros para la vida y la salud integral de las mujeres embarazadas, se detecten malformaciones incompatibles con la vida, sea consecuencia de una reproducción asistida no consentida, de una violación o incesto, y cuando se trate de niñas y adolescentes.
Sin embargo, en cualquiera de estos casos el aborto debe ser realizado bajo condiciones sanitarias adecuadas y siempre bajo la vigilancia y supervisión médica, ya que de lo contrario, de ser realizada por personas que carecen de las aptitudes necesarias o en un ámbito en el que no se cumplen los mínimos criterios médicos puede derivar en complicaciones graves como la hemorragia, infección e incluso en algunos casos la muerte materna, así como repercusiones en el ámbito legal. De modo que te recomiendo que antes de utilizar cualquier medicamento o técnica abortiva consultes a tu medico para que realice una valoración física adecuada; debes evitar acudir a cualquier sitio clandestino en el que se realicen este tipo de procedimientos y asistir a consulta con el especialista en gineco-obstetricia, para aclarar cualquier duda o inquietud.